A partir de hoy, Jalisco está blindado contra el aborto. La reforma a la Constitución local, que obliga al Estado a proteger la vida “desde la concepción” y “hasta la muerte natural”, fue publicada ayer en el periódico oficial El Estado de Jalisco.
De acuerdo con el único artículo transitorio, la reforma “entrará en vigor al día siguiente de su publicación”. Es decir, a partir de hoy.
Junto con los cambios al artículo 4 de la Constitución local se publicó la reforma al Código Penal, en la que se establece la atención psicológica como medida alternativa.
La llamada reforma antiaborto, que surgió de una iniciativa popular impulsada por el movimiento Mexicanos por la Vida, significó cambios a la Constitución para establecer que “el Estado de Jalisco reconoce, protege y garantiza el derecho a la vida de todo ser humano, al sustentar expresamente que desde el momento de la fecundación entra bajo la protección de la ley y se le reputa como nacido para todos los efectos legales correspondientes, hasta su muerte natural”.
En lo que se refiere a la reforma al Código Penal, se modificó el artículo 228, en el cual se establecen las sanciones y atenuantes en la comisión del delito del aborto. Ahí, se agregaron dos párrafos. En el primero, se señala que cuando una mujer interrumpa su embarazo de manera voluntaria “el juez queda facultado para sustituirlas [las sanciones] por un tratamiento médico integral; bastará que lo solicite y ratifique la responsable” y siempre y cuando no sea reincidente.
Dicho tratamiento, se agrega en el segundo párrafo, tendrá que ser provisto “por las instituciones de salud del estado y tendrá como objeto la atención integral de las consecuencias generadas con motivo de la práctica del aborto provocado, así como el de reafirmar los valores humanos por la maternidad, procurando el fortalecimiento de la familia”.
Cuando se aprobó la reforma al Código Penal, no se hicieron cambios en el artículo 229, que se refiere a las excepciones en que se puede interrumpir un embarazo sin ser delito. Los diputados han asegurado que las causales siguen vigentes: cuando el embarazo es producto de una violación o cuando se pone en riesgo la vida de la madre.
A pesar de lo anterior, el gobernador Emilio González Márquez interpuso una controversia constitucional contra la Norma Oficial Mexicana 046, que obliga a los hospitales a realizar abortos cuando el embarazo es producto de una violación.