La Comisión de Derechos Humanos del Estado de México emitió la recomendación 18-2009 con número de expediente CODHEM/LP/525/2008, contra la Procuraduría General de Justicia por negligencia en el caso de la violación contra una menor de edad. De acuerdo con la instancia, en la región oriente de la entidad, argumentando que existe gran incumplimiento de la función pública, impunidad, así como corrupción por parte de los policías ministeriales y municipales.
Alejandro Barreto Estévez, visitador con sede en La Paz, dijo que la recomendación fue dirigida a servidores públicos de la PGJEM adscritos al Ministerio Público en Chicoloapan: el titular, el secretario y dos policías ministeriales.
La queja fue iniciada en la visitaduría de la CODHEM en La Paz, por el padre de la menor de 12 años de edad, quien radica en el municipio de San Vicente Chicoloapan, porque la pequeña fue engañada por un maestro de baile, quien la habría involucrado a base de mentiras para ser ultrajada.
“Hubo negligencia por parte del agente del Ministerio Público como del secretario y policías ministeriales, en tanto que a la fecha no se ha podido lograr la captura del agresor”, dijo Barreto Estévez.
Añadió que la instancia llevó a cabo un procedimiento de investigación en el que declararon los servidores públicos, los padres de la menor y las personas que tenían que hacerlo y de acuerdo a los testimonios se llegó a la conclusión de la existencia de negligencia e incumplimiento en la función pública en la procuración de justicia.
Dijo que el ombudsman mexiquense trata de atender todas las situaciones relacionadas con los derechos humanos para que los servidores públicos den lo mejor en el servicio de sus funciones.
Recomendaron a la PGJEM instrumente acciones a efecto de que la menor agraviada reciba la atención psicológica que le permita superar la situación traumática ocasionada por la agresión sexual; que envíe copia certificada a la Mesa de Responsabilidades, a fin de iniciar la averiguación previa ante la conducta desplegada por los servidores públicos, y que a la brevedad se de cumplimiento a la orden de aprehensión.
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