Finalmente y después de tantas iniciativas y campañas a favor y en contra, la Secretaría de Salud indicó que ayer entró en vigor el Reglamento de la Ley General para el Control del Tabaco, con el que se busca proteger a los no fumadores, desalentar el consumo en jóvenes y reducir la tasa de mortalidad por tabaquismo.
El reglamento será aplicado en los 31 estados del país y el Distrito Federal por la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris), así como por las secretarías de salud estatales.
La reglamentación, que se publicó en el Diario Oficial de la Federación el pasado 31 de mayo, detalla los términos para la expedición de permisos sanitarios previos de importación y licencias sanitarias, así como las características con que deberán contar los espacios 100 por ciento libres de humo de tabaco y las zonas exclusivamente para fumar.
Además, se especifica la información al público que debe contener el empaquetado y etiquetado de cajas y cajetillas de cigarros, las restricciones publicitarias y las medidas de seguridad y sanciones para quienes incumplan con estas disposiciones.
Cabe mencionar que la Ley General para el Control del Tabaco fue publicada el pasado 30 de mayo de 2008, y en ella se indica que una vez establecido el reglamento, deberán figurar leyendas , pictogramas o imágenes de advertencia en las cajetillas o productos derivados del tabaco, son el fin de mostrar sus efectos nocivos a la salud.
En el caso de las cajetillas, por ejemplo, las leyendas tendrán que imprimirse directamente en el empaque y deberán ser de alto impacto preventivo, claras, visibles, legibles y no deberán ser obstruidas por ningún medio.
Asimismo, tendrán que ocupar al menos 30 por ciento de la cara anterior, 100 por ciento de la cara posterior y el 100 por ciento, también, de una de las caras laterales del paquete y la cajetilla.
Al 30 por ciento de la cara anterior de la cajetilla se le deberán incorporar pictogramas o imágenes que reflejen los daños a la salud por el consumo de cigarros.
De acuerdo con el artículo 18 de la ley, todos los paquetes de productos del tabaco y todo empaquetado y etiquetado externo de los mismos, deberán contener información sobre sus contenidos, emisiones y riesgos de conformidad con las disposiciones aplicables.
Mientras que en el artículo 20 de dicha ley se indica que en los paquetes de productos del tabaco, quedarán prohibidas expresiones tales como “bajo contenido de alquitrán”, “ligeros”, “ultraligeros” o “suaves”, ya que según la Secretaría de Salud, son igualmente dañinos.
Junto con estas restricciones, dijo la Cofepris, queda prohibido fumar en espacios públicos cerrados como edificios públicos federales, estatales y municipales, así como restaurantes, bares y discotecas.
Detalló que las zonas exclusivamente para fumar, entre ellas terrazas, deberán ubicarse al aire libre o en espacios interiores aislados, además tendrán que estar físicamente separados los espacios libres de humo.
Añade que en esos espacios no podrán estar menores de edad y deberá advertirse a las mujeres embarazadas de los riesgos a su salud, así como a su futuro bebé.
De acuerdo con el artículo 4 transitorio del reglamento, las entidades federativas deberán adecuar sus ordenamientos locales en materia de protección contra la exposición al humo de tabaco, donde como mínimo deberán contener lo que estable el ordenamiento federal.
“La autoridad sanitaria exhorta a las industrias tabacalera, restaurantera, hotelera y del entretenimiento a sumarse a la cruzada nacional por la prevención del tabaquismo que ha costado a las finanzas públicas cerca de 30 mil millones de pesos en el tratamiento de enfermedades provocadas por fumar”, agregó la comisión.
- Claves
El alto costo
• Según estadísticas, el Sistema Nacional de Salud gasta alrededor de 29 mil millones de pesos en la implementación de consultas por padecimientos relacionados al tabaquismo y fomento de las normas antitabaco.
• En México mueren más de 165 personas a diario por afecciones relacionadas al tabaquismo, en 2008 fallecieron unos 260 mil fumadores y desde el inicio de la ley han muerto más de 30 mil personas por enfisema pulmonar.
• Datos de la Ssa dicen que hay más de 16 millones de fumadores que en 10 años tendrán un 45% de probabilidades de padecer males respiratorios.
En Grecia, tercer intento
••• El país europeo más adicto a la nicotina aprobó una ley que prohíbe fumar en lugares públicos, en un intento por poner coto al hábito de encender el cigarrillo prácticamente en todas partes. Hay excepciones para enfermos mentales y jugadores por dinero.
Es la tercera vez que Grecia intenta restringir el consumo irrestricto de tabaco en restaurantes, bares, cafés y lugares de trabajo.
“Queremos cambiar la mentalidad de muchos años y adaptar nuestros hábitos diarios... a las prácticas sociales vigentes en todos los países civilizados”, dijo el ministro de Salud, Dimitris Avramopoulos.
Estadísticas de la Unión Europea indican que 37.6 por ciento de los griegos mayores de 15 años fuman diariamente, la tasa más alta del bloque de 27 naciones. (Atenas • AP)
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