Cambios al artículo 41 de la ley de educación

Incentivará la SEP a alumnos destacados de todos los niveles

Las instituciones universitarias podrán homologar criterios para detectar talentos.
  • 2009-06-23•Política

El gobierno federal publicó en el Diario Oficial de la Federación las modificaciones y adiciones al artículo 41 de la Ley General de Educación, que permitirá identificar y atender a los alumnos con aptitudes sobresalientes, que cursan desde jardín de niños hasta el nivel superior.

El decreto que entra en vigor a partir de hoy establece que la SEP, en un plazo máximo de 12 meses, dará a conocer los lineamientos necesarios para la detección, atención pedagógica y certificación de estudios para los alumnos con capacidades sobresalientes en los tres niveles de la educación básica: preescolar, primaria y secundaria; así como en las modalidades media superior y superior.

Además, los cambios a la Ley General de Educación contemplan que las instituciones de educación superior autónomas puedan establecer convenios con la SEP, a fin de homologar criterios para detectar alumnos con talento.

Las modificaciones al artículo 41 señalan que la educación especial estará destinada a individuos con discapacidades transitorias o definitivas, así como a aquellos con aptitudes sobresalientes. También, agrega, atenderá a los educandos de manera adecuada a sus propias condiciones, con equidad social incluyente y con perspectiva de género.

Menciona también que tratándose de menores de edad con discapacidades, esta educación propiciará su integración a los planteles de educación básica regular, mediante la aplicación de métodos, técnicas y materiales específicos.

Para quienes no logren esa integración, señala, esta educación procurará la satisfacción de necesidades básicas de aprendizaje para la autónoma convivencia social y productiva, para lo cual se elaborarán programas y materiales de apoyo didácticos necesarios.

México • Blanca Valadez